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Entidad operadora. "AdSpot" es el nombre comercial y adspot.do el dominio web del sitio, ambos propiedad de REPORTANDO AL INSTANTE, S.R.L., sociedad comercial dominicana, RNC 131-99194-7, con domicilio social en Lope de Vega 122, Ens. La Fe, Santo Domingo, Distrito Nacional, representada por Carlos Alonso Veloz, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1237656-1, en su calidad de Gerente. Toda referencia a "AdSpot" o "ADSPOT" en este documento se entiende hecha a dicha sociedad.
ANEXO I: ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO (SLA)
Relación ADSPOT y SUPLIDOR
ENTRE: REPORTANDO AL INSTANTE, S.R.L. (compañía operadora del nombre comercial "AdSpot" y titular del dominio adspot.do, en lo adelante "ADSPOT") y [NOMBRE_SUPLIDOR] (EL SUPLIDOR).
POR CUANTO: EL SUPLIDOR aceptó electrónicamente el Acuerdo de Suplidor de ADSPOT y, en su caso, suscribió el Contrato Marco de Prestación de Servicios Publicitarios, instrumentos que remiten al presente SLA como parte integral. Cada Orden de Compra (OC) incorpora además el Anexo de Cumplimiento y Pago Anticipado, que remite a este SLA para los formatos de prueba de colocación por tipo de medio.
POR CUANTO: ADSPOT paga al SUPLIDOR contra la prueba de colocación de inicio que el anunciante no objete dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a que se le comparte, antes de la conclusión de la campaña. En consecuencia, el cumplimiento de este SLA durante el resto de la campaña ya no puede garantizarse reteniendo ni descontando el pago de la propia OC, y sus consecuencias económicas se rigen por el Anexo de Cumplimiento y Pago Anticipado.
POR TANTO: LAS PARTES acuerdan los niveles de servicio siguientes:
SECCIÓN 1: DEFINICIONES
PRIMERO: a) Uptime: Porcentaje del tiempo contratado en que el medio está operativo y visible conforme especificaciones. b) Tiempo de Respuesta: Tiempo desde la recepción de un reclamo hasta la primera acción correctiva documentada. c) Prueba de Colocación (POP): Evidencia de ejecución efectiva, en el formato que corresponde al tipo de medio conforme a la SECCIÓN 3. No se limita a la fotografía. d) Play Log: Registro electrónico con timestamp de cada reproducción en DOOH. e) Viewability: Porcentaje de impresiones digitales cumpliendo el estándar MRC (>50% píxeles visibles por >1s display / >2s video). f) Incidente: Cualquier desviación de los niveles aquí pactados. g) Período de Ventana: La duración de la Campaña conforme la OC.
SECCIÓN 2: MÉTRICAS POR TIPO DE MEDIO
ARTÍCULO PRIMERO: OOH (Vallas Estáticas)
| Métrica | Umbral |
|---|---|
| Disponibilidad/visibilidad (Uptime) | ≥ 98% del período contratado |
| Integridad del creativo impreso | Sin roturas, decoloración o desprendimientos |
| Iluminación (si aplica) | Funcional del ocaso a las 23:00 mínimo |
| Reposición ante daño | < 72 horas desde notificación |
| Limpieza | Mensual mínimo durante la campaña |
ARTÍCULO SEGUNDO: DOOH (Pantallas Digitales)
| Métrica | Umbral |
|---|---|
| Uptime de pantalla | ≥ 99% del período |
| Entrega de play logs | Primera entrega dentro de la ventana fija de tres (3) días desde el inicio, sin pasar del fin de la campaña y luego diario |
| Latencia de carga del creativo | ≤ 15 minutos desde aprobación |
| Cumplimiento de frecuencia/share of voice | ≥ 95% de lo contratado |
| Resolución y fidelidad cromática | Conforme spec del Listing |
ARTÍCULO TERCERO: Radio
| Métrica | Umbral |
|---|---|
| Cumplimiento de pautaje | 100% de spots contratados |
| Franja horaria correcta | ±15 minutos de la prevista |
| Grabación de aires | Entrega < 48 horas post-emisión |
| Calidad de audio | Sin cortes, sin solapamiento |
ARTÍCULO CUARTO: Digital (Web/Mobile)
| Métrica | Umbral |
|---|---|
| Tracking pixels funcionando | 100% durante toda la ventana |
| Reporte de impresiones | Diario (T+1) |
| Viewability (MRC) | ≥ 70% |
| Invalid Traffic (IVT) | ≤ 3% |
| Click-fraud detection | Activo y reportable |
ARTÍCULO QUINTO: Prensa
| Métrica | Umbral |
|---|---|
| Aparición en edición pactada | 100% de ediciones contratadas |
| Ubicación y tamaño | Conforme OC |
| Entrega de ejemplar físico/digital | < 72 horas post-publicación |
SECCIÓN 3: PRUEBA DE COLOCACIÓN
PRIMERO: Forma y plazo. EL SUPLIDOR sube la POP por la plataforma, que admite imagen, PDF, audio o video de hasta 25 MB, o un enlace https. La POP de inicio se entrega dentro de la ventana fija de prueba (tres (3) días desde el inicio, sin pasar del último día de la campaña), a más tardar en la fecha que indica la OC. ADSPOT la comparte con el anunciante por la plataforma y por correo electrónico, tal como la recibe y sin certificar su contenido, y el anunciante dispone de veinticuatro (24) horas para objetarla. Según el tipo de medio, la POP consiste en lo que indican los numerales siguientes.
SEGUNDO: Vallas, mobiliario urbano, transporte y demás espacios físicos (OOH). Fotografía fechada y georreferenciada (EXIF con lat/long + timestamp) de la pieza instalada. Mínimo 2 ángulos (frontal y lateral).
TERCERO: Pantallas digitales (DOOH). Fotografía o video de la pieza en pantalla y, cuando el medio lo genere, el registro de reproducciones (play log) con campos: ID de pantalla, timestamp de cada reproducción, duración, hash del asset. Los play logs posteriores se entregan en formato CSV/JSON por plataforma, T+1 diario.
CUARTO: Radio. Grabación de audio (MP3/WAV) de la emisión con fecha, hora y emisora, o certificación de transmisión de la emisora. Las grabaciones de emisiones posteriores a la de inicio se entregan en las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a cada emisión.
QUINTO: Televisión. Grabación de video de la emisión o certificación de transmisión del canal.
SEXTO: Prensa y revistas. Imagen o PDF de la página publicada con el anuncio, indicando fecha y edición.
SÉPTIMO: Medios digitales y banners web. Captura de pantalla de la pieza en su contexto de exhibición con URL y fecha, o enlace a la página. Los reportes de impresiones, clics y viewability (CSV desde el ad server) se entregan conforme a la SECCIÓN 2.
OCTAVO: Influencers y redes sociales. Enlace a la publicación y captura de pantalla.
NOVENO: Podcast. Enlace o archivo del episodio, indicando el minuto de la mención.
DÉCIMO: Cine. Certificación de exhibición de la sala.
UNDÉCIMO: POP y pago. Cada POP aceptada por el anunciante, de forma expresa o por no objetarla en las veinticuatro (24) horas siguientes a que se le comparte, libera el tramo del pago al SUPLIDOR que depende de ella conforme al Acuerdo de Suplidor y al Anexo de Cumplimiento: en la regla general, la POP de inicio, junto con la factura por el monto total validada contra la OC, libera el cincuenta por ciento (50 %), y la POP de fin de campaña el cincuenta por ciento (50 %) restante. Si el anunciante objeta una POP, el tramo que depende de ella queda retenido mientras se resuelve la objeción, y EL SUPLIDOR puede subsanar conforme al Anexo de Cumplimiento. Sin POP no hay pago. Vencida la ventana de prueba del espacio sin POP, se presume además que la campaña no fue colocada y EL SUPLIDOR soporta la carga de demostrar lo contrario, conforme al Anexo de Cumplimiento. La POP vencida sin entregar impide o suspende la certificación del SUPLIDOR. POP no entregada dentro de los cinco (5) días calendario siguientes al fin de la campaña configura, además, incumplimiento material.
SECCIÓN 4: TIEMPOS DE RESPUESTA A RECLAMOS
PRIMERO: Clasificación de Severidad.
| Severidad | Definición | Tiempo Respuesta | Tiempo Resolución |
|---|---|---|---|
| Crítico | Medio caído, creativo incorrecto visible, ilegalidad | 4 horas | 12 horas |
| Alto | Logs faltantes, desviación material del pautaje | 12 horas | 48 horas |
| Medio | Discrepancias menores en reporte, calidad subóptima | 24 horas | 5 días |
| Bajo | Ajustes administrativos, consultas | 72 horas | 10 días |
SEGUNDO: Canal. Salvo la objeción a la POP de inicio, que se rige por la SECCIÓN 3, las reclamaciones del anunciante no se tramitan dentro de la plataforma: se reciben por correo electrónico en soporte@adspot.do, y ADSPOT notifica la falta al SUPLIDOR por la plataforma o por correo. El reloj corre desde esa notificación.
TERCERO: Relación con la subsanación. Los tiempos de resolución de este cuadro no amplían el plazo de subsanación de veinticuatro (24) horas del Anexo de Cumplimiento. Vencido este último sin corrección, rigen las consecuencias de la SECCIÓN 5, aunque el tiempo de resolución del cuadro sea mayor.
Nota para revisión legal: para las severidades Media y Baja el cuadro concede hasta 5 y 10 días, mientras el Anexo concede 24 horas para subsanar cualquier falta. Conviene decidir si el Anexo solo alcanza las faltas de colocación (Crítico y Alto) o todas.
SECCIÓN 5: CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO
PRIMERO: Principio. Fuera de la retención del pago mientras se resuelve una objeción del anunciante a la POP de inicio (SECCIÓN 3, UNDÉCIMO), ADSPOT no retiene ni descuenta el pago de la OC afectada para sancionar el incumplimiento de este SLA. Las consecuencias económicas se rigen exclusivamente por el Anexo de Cumplimiento y Pago Anticipado incorporado a la OC, al que remiten los numerales siguientes.
SEGUNDO: Subsanación. Notificada una falta, EL SUPLIDOR dispone de veinticuatro (24) horas para subsanarla íntegramente. Subsanada en plazo, no se aplica penalidad alguna. Cuando la falta consista en horas o días no exhibidos (uptime incumplido, contenido erróneo imputable al SUPLIDOR, pautaje no emitido), la subsanación podrá consistir, a elección de ADSPOT, en la ejecución adicional equivalente a la porción afectada.
TERCERO: Colocación tardía o parcial. Vencido el plazo de subsanación sin corregir, se considerarán colocación tardía o parcial, entre otros: el uptime por debajo del umbral de la SECCIÓN 2, el creativo erróneo imputable al SUPLIDOR, el incumplimiento de pautaje o frecuencia y el tráfico inválido (IVT) superior al 3% en medios digitales. Genera la cláusula penal del Anexo de Cumplimiento: cinco por ciento (5%) del valor neto de la OC por cada día natural de incumplimiento, hasta un máximo del treinta por ciento (30%).
CUARTO: Campaña no colocada. Incluye la ausencia de POP que no haya sido desvirtuada por EL SUPLIDOR. Genera la devolución íntegra de lo que EL SUPLIDOR hubiera recibido por la OC más una penalidad del diez por ciento (10%) del valor neto de la OC, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al requerimiento.
QUINTO: Cobro de las sumas. Las sumas de los numerales TERCERO y CUARTO son líquidas y exigibles desde el vencimiento del plazo de subsanación. ADSPOT podrá cobrarlas por compensación contra los pagos de otras OC del SUPLIDOR, presentes o futuras, conforme al Anexo de Cumplimiento, sin perjuicio de su reclamación directa.
SEXTO: Suspensión y certificación. Configurado el incumplimiento, ADSPOT podrá suspender la publicación de los espacios del SUPLIDOR y rechazar nuevas reservas hasta que se subsane la falta y se salden las sumas debidas, y podrá suspender o revocar su certificación. El incumplimiento reiterado tiene además las consecuencias previstas en el Acuerdo de Suplidor y, en su caso, en el Contrato Marco.
SÉPTIMO: Caso fortuito. No hay incumplimiento cuando la ejecución resulte imposible por caso fortuito o fuerza mayor acreditado y notificado dentro de las veinticuatro (24) horas, conforme al Anexo de Cumplimiento y a la sección 9 del Acuerdo de Suplidor.
OCTAVO: Liberación. La aplicación de las consecuencias de esta sección no libera al SUPLIDOR de responsabilidad por daños adicionales comprobables ni de sus obligaciones de indemnidad.
Nota para revisión legal: la versión anterior de esta sección establecía créditos de 1x a 2x por uptime incumplido, retención del pago hasta recibir la POP, descuento del 5% por cada 24 horas de retraso con tope de 25%, descuento equivalente al IVT detectado y un tope acumulado de 50% del neto de la OC. Todos se ejecutaban reteniendo o descontando el pago de la propia OC y quedaron sin objeto con el pago anticipado. La asimilación de uptime, IVT y pautaje a "colocación parcial" es una propuesta de redacción que debe validarse, al igual que la relación de estas sumas con las penalidades por cancelación de la sección 4 del Acuerdo de Suplidor.
SECCIÓN 6: REPORTES MENSUALES
PRIMERO: ADSPOT pondrá a disposición del SUPLIDOR, a través de la plataforma, un dashboard con:
- Uptime consolidado por Listing;
- Cumplimiento de POP (entrega/atraso);
- Tiempos de respuesta a reclamos;
- Faltas notificadas, penalidades y compensaciones aplicadas;
- Estado de pagos de cada OC.
SEGUNDO: Reporte descargable en PDF generado al 5to día hábil del mes siguiente.
Nota para revisión legal: la plataforma no genera hoy este dashboard ni el reporte mensual (no mide uptime ni consolida tiempos de respuesta). Hoy el SUPLIDOR ve sus órdenes de compra, su estado y sus pagos. Conviene redactarlo como compromiso futuro o retirarlo.
SECCIÓN 7: ESCALAMIENTO DE INCIDENTES
PRIMERO: Niveles.
- Nivel 1: Operaciones de ambas partes (plataforma y soporte@adspot.do).
- Nivel 2: Gerencia de Cuentas ADSPOT y Gerencia Operativa del Suplidor (tras 24h sin resolución).
- Nivel 3: Dirección General (tras 48h sin resolución Nivel 2).
SEGUNDO: La omisión del escalamiento no exonera de responsabilidad.
SECCIÓN 8: REVISIÓN Y VIGENCIA
PRIMERO: Vigencia coincidente con la del Acuerdo de Suplidor aceptado por EL SUPLIDOR y, en su caso, con la del Contrato Marco.
SEGUNDO: Revisión Anual. LAS PARTES revisarán las métricas anualmente, pudiendo ajustarlas por adenda escrita.
TERCERO: Mejora Continua. ADSPOT podrá proponer métricas más estrictas con 60 días de preaviso; el SUPLIDOR podrá negociar o rechazar con justificación técnica.
Nota para revisión legal: este Anexo no se firma hoy por separado en la plataforma; se incorpora por remisión desde el Acuerdo de Suplidor y el Anexo de Cumplimiento. El bloque de firma solo aplica si se suscribe junto con el Contrato Marco.
Hecho y firmado en [CIUDAD], a los [DÍAS] días del mes de [MES] del año [AÑO].
POR ADSPOT
REPORTANDO AL INSTANTE, S.R.L.
POR EL SUPLIDOR
[NOMBRE_SUPLIDOR] · RNC: [RNC_SUPLIDOR]
Última actualización del archivo: 14 de octubre de 2026